La Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó un recurso presentado por la defensa del entrerriano Gastón Ariel Mercanzini y confirmó la negativa a concederle la libertad condicional. El hombre cumple una condena por haber arrojado una botella contra el presidente Javier Milei durante la jornada de su asunción, el 10 de diciembre de 2023.
El fallo, firmado por los jueces Carlos Mahiques, Mariano Borinsky y Guillermo Yacobucci, declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa, al considerar que no se acreditaron irregularidades en la resolución judicial que previamente había rechazado el beneficio.
La agresión durante la asunción presidencial
El hecho ocurrió el 10 de diciembre de 2023, cuando Milei se trasladaba desde el Congreso de la Nación Argentina hacia la Casa Rosada junto a su hermana, Karina Milei, en el marco de los actos de traspaso de mando.
Al pasar por la intersección de Avenida de Mayo y Montevideo, Mercanzini arrojó una botella de vidrio contra la caravana presidencial. El objeto no impactó en el mandatario, pero sí golpeó al subcomisario Guillermo Armentano, integrante de la Superintendencia de Seguridad y Custodia de la Policía Federal, quien formaba parte del primer anillo de seguridad.
El proyectil lo alcanzó por encima de la oreja, provocándole una herida que le ocasionó sangrado en el cuello.
Mercanzini se entregó al día siguiente. En su declaración aseguró que estaba desocupado, que tenía problemas de adicción y que al momento del hecho estaba alcoholizado y viviendo en la calle. Además, pidió disculpas al Presidente y expresó arrepentimiento.
Condena y pena unificada
En mayo de 2024, la jueza María Eugenia Capuchetti lo condenó en un juicio abreviado a un año y seis meses de prisión, tras un acuerdo entre la defensa y el fiscal Carlos Rívolo.
Esa pena se unificó con una condena anterior por violencia de género, por lo que Mercanzini cumple actualmente una pena única de tres años y seis meses de prisión efectiva.
El pedido de libertad condicional
En septiembre de 2025, su defensa solicitó la libertad condicional al sostener que había cumplido el tiempo mínimo requerido por la ley —dos tercios de la condena— y que mantenía buena conducta en el penal.
Sin embargo, en noviembre de ese año el juzgado federal N.º 9 rechazó el planteo. Entre los motivos, señaló que el detenido no había mantenido la calificación mínima de “Buena” en su nota de concepto durante el período exigido.
Además, registraba un expediente disciplinario en trámite por la presunta tenencia de un objeto cortopunzante entre sus pertenencias, y los equipos técnicos del Servicio Penitenciario Federal emitieron de manera unánime un pronóstico desfavorable respecto de su reinserción social.
Otro punto señalado por el juzgado fue que el domicilio propuesto para cumplir la libertad condicional se encontraba en Concepción del Uruguay, la misma ciudad donde residen las víctimas por las causas de violencia de género por las que fue condenado, lugar al que además tiene prohibido ingresar.
La apelación y el fallo de Casación
La defensa apeló la resolución al considerar que el rechazo del beneficio no estaba suficientemente fundamentado.
No obstante, la Cámara de Casación entendió que el juzgado había explicado de manera adecuada los motivos de su decisión y sostuvo que los argumentos presentados por la defensa solo reflejaban una discrepancia con lo resuelto, sin demostrar irregularidades que justificaran revisar el fallo.
Por ese motivo, los magistrados declararon inadmisible el recurso de casación y dejaron firme la negativa a conceder la libertad condicional, por lo que Mercanzini continuará detenido.
Fuente: Diario La Nación.
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