“Inusitada gravedad”: la Corte Suprema fustigó a la Justicia entrerriana por dejar prescribir un caso de abuso sexual

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El máximo tribunal de la Nación confirmó la extinción de la causa por el paso del tiempo, pero denunció un «cúmulo de errores inexcusables». Expedientes extraviados, parálisis de cinco años y negligencia funcional: la trama de una víctima que debió esperar 16 años para recibir una respuesta institucional que no fue justicia.
JUDICIALES | En un fallo de una dureza institucional poco frecuente, la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) puso bajo la lupa las graves irregularidades del Poder Judicial de Entre Ríos. El caso, que involucra el abuso sexual de una menor de 13 años iniciado en 2010, finalizó el pasado 10 de febrero de 2026 con una confirmación de prescripción, pero con una sentencia que expone el deficiente funcionamiento del sistema judicial provincial.
La denunciante, Luciana Gabas —quien hoy es abogada—, debió atravesar un proceso de 16 años marcado por la burocracia y el olvido. Según la Corte, la impunidad del acusado no fue producto del azar, sino de una cadena de responsabilidades que incluye a cuatro jueces, fiscales y secretarios.
El derrotero de una causa «perdida»
La investigación, que comenzó en el juzgado del fallecido Carlos Ríos, tuvo un trámite normal hasta julio de 2011, momento en que se paralizó sin motivo alguno. Lo que siguió fue una sucesión de hechos que la Corte calificó de «inusitada gravedad»:
  • Parálisis extrema: El expediente estuvo detenido casi cinco años (entre 2015 y 2020) sin movimiento alguno.
  • Extravío del expediente: En 2020, el juez Gustavo Maldonado ordenó reconstruir la causa tras enterarse por la prensa de que el expediente estaba perdido dentro de su propio tribunal. Curiosamente, el legajo original apareció un año después.
  • Negligencia funcional: La Corte señaló que la prescripción fue imputable exclusivamente a los magistrados y funcionarios que «no cumplieron con sus obligaciones y deberes funcionales».
Un «mea culpa» insuficiente
Aunque la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Entre Ríos había reconocido las «negligencias inexcusables» de los operadores jurídicos, para la Corte Suprema la mera «exhortación» realizada por el máximo tribunal provincial no es suficiente ante la magnitud de lo ocurrido.
El fallo nacional ratifica lo que la vocal de Casación, Marcela Badano, ya había advertido en 2022: la víctima fue sometida a un proceso penoso donde se le mentía sistemáticamente diciéndole que la resolución «estaba a despacho», cuando el expediente ni siquiera aparecía.
Los nombres de la desidia
El fallo menciona una larga lista de actores que intervinieron en el proceso, desde los jueces de instrucción y garantías como Mauricio Mayer —quien primero fue defensor y luego juez en la misma causa— y Juan Hipólito Carlín, hasta los magistrados del Tribunal de Juicios que confirmaron el sobreseimiento inicial.
Incluso se apuntó a la figura de la secretaria María Gabriela Garbarina y a la falta de impulso del Ministerio Público Fiscal, titular de la acción penal, que «brilló por su ausencia» dejando en total desamparo a la víctima.
Una respuesta institucional mayor
La Corte Suprema concluyó que, si bien la prescripción es legalmente irreversible según los plazos vigentes, lo acontecido en Entre Ríos exige una «respuesta institucional aún mayor». El fallo deja abierta la puerta a que se profundicen las responsabilidades administrativas de quienes, por acción u omisión, permitieron que un caso de abuso sexual terminara en el archivo por el simple paso del tiempo.

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